Isabel Sala, “la capitana borracha”, es una de las mujeres de más alto estatus social que hemos encontrado que fue acusada de “brujería” ante la Inquisición en el siglo XVIII. Hablamos de brujería en sentido amplio, porque la acusación no se hizo por brujería, sino por “sortilegios”.
En la Mallorca del siglo XVIII, esta mujer, viuda de un capitán, “don Jorge Berri”, y ella misma presentada con “doña”, dio que hablar a sus vecinas y vecinos y fue denunciada a la Inquisición por prácticas sospechosas. ¿Qué había hecho?
Varias cosas. Estas se leen en la alegación fiscal de su proceso de fe, un documento que resumía los principales detalles del proceso, documento que se puede leer completo al final de esta entrada. La alegación fiscal va presentando qué cargos o acusaciones contra Isabel Sala depusieron los diferentes testigos que, llamados por el tribunal o acudiendo espontáneamente, declararon ante los inquisidores.
Isabel Sala era natural de la ciudad de Palma y viuda de un capitán del regimiento de Brabante. Su nivel económico parece haber sido más o menos bueno: no trabajaba y tenía criadas a su servicio, pues percibía el sueldo “de viuda de capitán”. Su hijo, un cadete, vive en la península, y el escrito se preocupa, algo inhabitual en los procesos a personas de clase baja, de la “infamia” que sería para él que su madre fuera condenada por la inquisición.
Esta mujer de clase media o media-alta, “bastante dada al vino y aguardiente” (le dan el sobrenombre de “capitana borracha”), escandaliza “toda la vecindad” con sus costumbres: las diferentes testigos, vecinas y criadas de la acusada, declaran que no la han visto nunca ir a misa, que le molesta que acudan sus criadas y que llega a mudarse de casa para evitar la confesión anual obligatoria, incluso paga a una mujer para que encale su casa el día de la Candelaria, y cuando una vecina le comenta que es fiesta, dice, blasfemando, en catalán: “Yo emfot de las Festas”. Cuando sus rezos para recuperarse de un dolor de vientre no dan resultado, exclama: “¡Mala peste en mi vientre y en las almas del purgatorio!”.
Isabel Sala vive también, según varias testigos, “amancebada” (otra testigo habla de “íntima amistad”) “con un hombre conducido á Barcelona por vago en la ultima leva”, un hombre al parecer llamado “Francisco N.”
Todo esto es un marco para usos verdaderamente opuestos a la ortodoxia católica: las prácticas mágicas de Isabel Sala. Estas prácticas parecen haber consistido sobre todo en poseer una baraja “en que estaban pintados hombres y mujeres”, con la que es capaz de hacer distintas predicciones. Las testigos afirman que Isabel Sala habla con los hombres y mujeres representados en las cartas; manifiestan que las ha llamado para que vean “tener actos carnales hombres con mugeres”, para lo que “sobre una carta en que se hallaba pintada una muger [ponía] otra d ela figura de un hombre, y en medio mezclaba otra en que estaba la pintura de un dado”, y entonces anunciaba “que un hijo suio ausente en Barcelona tenía entonces trato ilícito con una muger”. No queda claro si la actividad de Isabel con las cartas adivina o si causa (según ella, claro está) este “trato ilícito”.
Sin que se explicite que recurre para ello a la baraja, Isabel Sala hace también predicciones a las testigos, que resultan ciertas: “hablando un día del correo, dixo no llegaría en la semana que estaba sino en la siguiente, y que traería un hombre muerto, y lloraría la declarante [es decir, la testigo que declara], lo que assí sucedió”. Cuando manda a una criada a algún recado “a su regreso la solía decir que sabía havía hablado con algún sujeto, expresándole por su nombre, y acertaba siempre”. Fascinada, una de sus oyentes comentaba: “Vm. es bruja, o tiene espíritu de profecía, o santa o gitana”, y “ella se reía”.
¿Por qué hacía esto Isabel Sala? Como no ofrecía servicios “mágicos” ni pedía ni recibía dinero por sus predicciones o adivinaciones, parece evidente que lo hacía para excitar la admiración hacia ella de las personas con las que trataba. Quizá era consciente del riesgo que corría, pero se jactaba en presencia de una de las testigos “que en caso de querer tomar algún juez providencia contra ella, lo sabría antes por sus cartas».
¿Cómo continúa el caso? La formulación de la acusación final se deja a los calificadores, que, tras observar un documento que recoge lo que Isabel Sala ha hecho y dicho, la acusan de la manera que sigue:
Formado extracto de los dichos y hechos referidos, y dados á calificar á 5. Calificadores, conformes los tienen por maleficios y sortilegios simples, divinatorios, amatorios, intentados, blasfemos, y escandalosos respectivamente y á esta reo por sortilega, embustera, inobediente á los preceptos ecclesiasticos y sospechosa de levi.
No sabemos, pues no está contenido en este documento, qué sucedió por fin en esta causa, si la reo fue condenada y a qué pena o no lo fue, pero ya la acusación, con los meses de cárcel que conllevaba, habrá supuesto un fuerte golpe para Isabel Sala. Su salud, su economía y su prestigio social habrán sufrido, incluso si no fue por fin condenada. Es una historia más de las muchas que encontramos en los documentos inquisitoriales, en que el control social y el aparato de la inquisición se dieron la mano para salvaguardar la ortodoxia no solo religiosa, sino también social, con consecuencias para personas que iban desde quienes hoy consideraríamos verdaderos delincuentes hasta otras, como Isabel Sala, raras, incapaces de acomodarse a las costumbres sociales, no pocas probablemente con problemas mentales.
Belén Almeida
Imagen: Goya, Vuelo de brujas.
Cómo citar esta entrada:
Almeida, Belén (2020): “Hechiceras dieciochescas (II): Isabel Sala”, TextoR. Blog del Grupo de Investigación Textos para la Historia del Español (GITHE). Recuperado de: https://textorblog.wordpress.com/2020/02/01/hechiceras-dieciochescas-ii-isabel-sala/.
Para saber más:
El documento se conserva en Archivo Histórico Nacional, Inquisición, 3725, exp. 95, alegación fiscal, y puede consultarse en el Portal de Archivos Españoles (PARES). El proceso se desarrolló en el tribunal inquisitorial de Mallorca en 1772.
Belén Almeida y Delfina Vázquez, «El vocabulario de las prácticas mágicas realizadas por mujeres en documentos inquisitoriales del siglo XVIII» (en prensa).
Transcripción del documento:
El Ynquisidor Fiscal interino de Mallorca contra d oña Ysabel Sala natural de la Ciudad de Palma viuda de don Jorge Berri Capitan del Regimiento de Bravante, por Sortilegios: Formalizada Sumaria; y calificados los dichos y hechos de esta reo de sortilegos y blasfemos que la constituien sospechosa de levi, viene votada á prision en carceles medias con embargo. Tuvo principio por declaracion espontanea que hizo ante el Padre Fray Guillermo Reynes Dominico Calificador y Comissionado del Tribunal á este efecto Angela Gomila, de edad de 17. años, hallandose presa en Carceles Reales en 22. de Diciembre de 1772. La que preguntada para que havia solicitado audiencia ante Ministros del Santo Oficio Dixo …. folio 4. Buelto
En 4. de Febrero de 774. se presentó voluntariamente en el Tribunal Ygnacia Espada de edad de 45 años vecina de dicha Ciudad ; y baxo juramento en forma declaro por descargo de su conciencia: que su vecina Ysabel Sala viuda del Capitan Berri, la parece es bastante dada al vino y aguardiente, y escandaliza con sus palabras toda la vecindad: Que en seis meses que havria vivia alli, no se le havia visto en la Yglesia de lo que ya estaba notada antes de mudarse, pues un vecino de donde antes vivia previno á otro de la Calle de la Merced donde se mudaba, que observassen á dicha Ysabel que nunca salia de casa ni aun los dias de fiesta: y la vispera de la Candelaria de dicho año dixo á la declarante la misma reo, que la comprase cal para blanquearle la casa; á que respondió la testigo que siendo dia de fiesta no queria trabajar; Y la dicha reo prorrumpió en estas palabras: Yo emfot de las Festas, que escandalizó á la declarante y mas quando vió que en el dia de la Purificacion estaba blanqueando dicha casa otra Muger que no conoció: lo qual observaron tambien Margarita Pelegrina, y Lorenzo Casteyó terciopelero; que no han sido examinados.
En 29. de Octubre de 1778 compareció voluntariamente en el Tribunal Cathalina Guasp natural y vecina de Palma de edad de 60. años; y baxo Juramento declaró que en descargo de su conciencia delataba á Ysabel Salas viuda de un capitan: Que durante el tiempo de tres meses que vivió con la que declara, observó esta, que dicha Ysabel vivia amancebada con un hombre conducido á Barcelona por vago en la ultima leva; y decia dicha Ysabel que sabia desde Palma, si el tenia trato con otras mugeres: Que no oia missa aun los dias de fiesta, ni la agradaba que la declarante cumpliesse con esta obligacion: Que tampoco rezaba el rosario, ni otra oracion; Y haviendo enfermado del vientre, prometió y mandó decir una Missa á las almas, del Purgatorio, y experimentando la continuaba el dolor, dixo: Mala peste en mi vientre, y en las Almas del Purgatorio; yá no quiero Santos, ni Almas. Que vive entregada al vino y aguard iente ; y la dicen vulgarmente la Capitana borracha; y ha dicho á la declarante que tenia un Demonio para cada dia de la semana: Y que hablando un dia del correo, dixo no llegaria en la semana que estaba sino en la siguiente y que traheria un hombre muerto, y lloraria la declarante; lo que assi sucedio haviendo llegado muerto Miguel Palou Marinero del mismo XavequeCorreo. Que la declarante oió á Barbara Corteia criada que ha sido de dicha reo, que esta tenia muy oculta una baraxa en que estaban pintados hombres y mujeres, y que hacia de ella tanta estimacion como si fuera una reliquia, y acostumbraba encerrarse en un Quarto para conversar con dichas figuras: Que no cumple con la comunion anual, mudando de casa y Parroquia quando la siguen los vicarios: y que haviendo dicho la declarante muchas veces á esta reo quando hablaba de cosas que havian de sobrevenir: Vm es bruja, ó tiene espiritu de profecia, o santa ó gitana, ella se reia respondiendo no era bruja. Examinada Barba Crispina por apodo Corteia vecina de Palma de edad de 20. años citada por la testigo anterior, á la tercera de oficio sobre si sabe ó ha oido decir que alguna persona tenga en su poder cartas ó barajas en que estén pintadas figuras de hombres y mugeres con quienes acostumbre conversar, y hacer varios usos de ellas, cerrandose en un Quarto para dicho fin; Dixo que hallandose sirviendo havria ocho años á una Capitana llamada Ysabel, la vió diferentes veces que se encerraba en un Quarto, donde barajaba unas cartas en que se hallaban pinturas de hombres y mugeres, sin que la declarante huviesse observado lo que executaba dentro porq procedia con tal reserva dicha reo, que no solo cerraba la puerta de el quarto sino tambien la del anterior; y despues de algun rato llamaba á la declarante y otra criada nombrada Angela N. y á otra llamada N. que actualmente frecuenta la casa de dicha reo; á las que decia que verian tener actos carnales hombres con mugeres, para lo que ponia 4 filas de cartas, y despues hablaba con voz baja, y sobre una carta en que se hallaba pintada una Muger, otra de la figura de un hombre, y en medio mezclaba otra en que estaba la pintura de un dado segun parecia á la declarante ; en cuias ocasiones decia dicha reo, que un hijo suio ausente en Barcelona tenia entonces trato ilicito con una Muger, y que otro hombre llamado Francisco N. que tenia intima amistad con la reo, y al presente se hallaba desterrado de la Ysla trataba con una Muger en la forma que ella representaba con las cartas sobredichas Que en casa de esta reo no entraba persona alguna y con todo quando embiaba á la declarante á algun recado, á su regreso la solia decir que sabia havia hablado con algun sugeto expresandole por su nombre, y acertaba siem pre; y la oió decir la declarante que mirando ella sus cartas sabia bien lo que otros hacian; y hace presente que havria tres semanas concurrió á su casa, y la dixo el reo que sabia havia hablado con un sugeto, y haviendola confesado, que era verdad, la previno que viviesse con cuidado, porque las mugeres, primero son putas, despues Alcahuetas, y al fin brujas, lo que aseguró avia sabido por sus cartas, y la declarante vió que aun las conservaba. En otra ocasion dixo dicha reo que antes de salir el correo de aquella isla, sabia que su arribo á ella havia de traher un Marinero muerto, y sucedió assi; cuia conversacion tuvo con la Maestra Avellá, que tambien la ha servido; y que fué de resultas de haver salido del quarto donde tenia las cartas ó baraja, y antes se havia encerrado: Que á mas de las tres personas que ha referido ignora la declarante que haya manifestado á otros dichas cartas, pues las reservaba mucho de la Maestra Avellá que pareció á la testigo muy buena muger; y dicha reo se ha jactado en presencia de la declarante que en el caso de querer tomar algun juez providencia contra ella, lo sabria antes por sus cartas, y no las encontraria: Que ha observado la testigo que en el tiempo que trata á dicha doña Ysabel bebia mucho vino y aguardiente: que no oia Missa los dias de fiesta, ni rezaba el rosario, ni cumplia con la Parroquia y se cerraba en casa quando veia al Vicario de ella; y respecto de las criadas, no queria fuessen á Missa, cuia obligacion cumplian secretam ente por que las regañaba quando sabia venian de la Yglesia Angela Gomila citada por la testigo anteced ente y primera delatora de esta causa, examinada ahora con motivo de la cita se refiere á la declaracion que hizo entonces, cuia substancia repite; y añade al pres ente que mientras servia á dicha doña Ysabel…. folio 15. B uelta (hasta el fin de la declar acion En 20. de Marzo de este año compareció voluntariam ente en el Tribunal Juan Perez natural de Gravalos en Castilla la vieja vecino de Palma de edad de 65. años; y preguntado para que pidió audiencia responde baxo juramento ….. fol io 17. [tachado: Assi mismo en 31. de Mayo ultimo se presentó pidiendo audiencia en el Tribunal Francisca Oliver vecina de dicha Ciud ad de edad de 33. años; y preguntada en forma para que pedia la aud iencia hace su declaracion contra una Muger, y sacado lo que hace á dicha d oña Ysabel Sala; dice que con motivo …. folio 19. Angela Montserrat citada por su Marido el testigo antecedente éxaminada baxo juramento a la 1ª de oficio responde que presume será llamada para declarar lo que supiere de d oña Ysabel Sala; de quien puede decir …. folio 22. Finalmente en 31. de Mayo ultimo se presentó en el Tribunal pidiendo audiencia Francisca Oliver vecina de dicha Ciudad de edad de 33. años; y preguntada para que pide la audiencia hace su declaracion contra otra Muger; y sacado lo que hace contra dicha doña Ysabel Sala, dice, que con motivo …… folio 19. El Tribunal pidió informes sobre la vida, conducta, y fama de esta reo al Vicario de la Parroquia de Santa Cruz de Palma en cuio distrito vivia; y respondió: Que haviendo reconocido los libros de dicha Parroquia por lo correspondiente diferentes años; y preguntado al Parroco de ella; no resulta noticia, ni conocimiento de dicha Muger, ni constaba huviesse vivido alg un t iem po en el territ orio de dicha parroquia. Formado extracto de los dichos y hechos referidos, y dados á calificar á 5. Calificadores, conformes los tienen por maleficios y sortilegios simples, divinatorios, amatorios, intentados, blasfemos, y escandalosos respectivam ente y á esta reo por sortilega, embustera, inobediente á los preceptos ecc lesiasticos y sospechosa de levi. Visto todo por el Tribun al en 28. de Julio ultimo dixo, que dicha reo sea presa en carceles medias con embargo de bienes; encargando á los Ministros que al tiempo de la prision reconozcan cuidadosamente la casa por si se encontrasse en ella alg una cosa que pueda ser conducente para maleficios ó sortilegios: Que se siga con ella su causa hasta difinitiva; Y que antes de executarse se remitan al Consejo originales los autos, como lo hace; y hace presente el Tribunal en la Carta con que los remite: que esta reo percibe el sueldo de viuda de capitan, pero lo pasa miserablemente, y si se la lleva á las carceles es regular que no se la quiera dar mas dicho sueldo, quedando una infeliz para toda su vida; y que el Tribunal no sabe si vive ó no su hijo cadete, á quien tocaria mas la infamia.