Hechiceras dieciochescas (VI): María Teresa Murillo, María Medel y el Martinico

La disparidad de declaraciones recogidas por la Inquisición son una pequeña muestra de la concepción de la realidad que tenía la sociedad de la época. El tribunal inquisitorial de Toledo no solo recogió testimonios que denunciaban prácticas turbadoras, propias de brujas y hechiceras, o pactos con el demonio, como es el ya conocido de María de Lares, sino que también revelaban la existencia de seres sobrenaturales. En esta entrada traemos la historia de María Teresa Murillo, quien delató a la Inquisición a una criada suya,  María Medel, que le había contado historias sobre la presencia de un duende en la parte deshabitada del Palacio del Marqués de Mondéjar (Guadalajara). Se han transcrito los folios 4r-11v del proceso de fe, que puede consultarse en el Portal de Archivos Españoles; este se conserva en el fondo de Inquisición del Archivo Histórico Nacional, expediente 10.

María Teresa Murillo, natural de Aragón, compareció ante el tribunal de la Inquisición de Toledo un año después de lo sucedido, 1760, pues hasta entonces ignoraba “la obligación de executarlo, hasta el domingo inmediato pasado, que oyó los edictos de este santo tribunal” (en algunos momentos del año se leía en misa un edicto recordando la obligación de informar a la inquisición ante cualquier sospecha de heterodoxia). Declara que no lo hizo “por odio ni maldad”, pues su intención era cumplir con los preceptos inquisitoriales.

En 1759, la joven María Medel, “bastante espigada, de medianas carnes, blanca, carirredonda, algo roma, pelo castaño” y natural de Mondéjar, se encontraba sirviendo en la casa de la declarante, en Madrid; en una de sus conversaciones, esta le confió a María Teresa que frecuentaba la parte deshabitada del palacio del Marqués de Palacios con otras muchachas. Allí “había un duende” que “llamaban Martinico” y “se manifestava […] como de diez a doze años, bestido de capuchino, con el cual jugaban dándole abrazos por detrás y no por delante porque era feo”.

La tradición oral ha perfilado la figura del duende como un personaje travieso y, generalmente, simpático. Suelen ser personajes de forma humana o semihumana, de tamaño reducido, y siempre están vinculados al hogar y la vida familiar[1]. Sin embargo, el nombre Martinico[2] invita a asociarlo con el demonio, pues Martín es el nombre que este suele adoptar; algo similar sucede en el cuento XLV de El conde Lucanor, de don Juan Manuel. En el siglo XVIII, a nivel popular, estaba extendida la asociación entre duende y monje, hecho que explica la descripción “bestido de capuchino”; aunque mucho antes, Calderón de la Barca describe un “duende capuchino” en La dama duende (1629).

María Teresa Murillo continúa su declaración exponiendo las osadas intenciones de las muchachas que visitaban al duende: “queriéndole ver los bajos, este no lo permitía, diciendo que era demasiada curiosidad”. La declarante, con poca discreción, le preguntó a María Medel si sentía curiosidad por descubrir cómo era la cara de Martinico, y esta, sin dudar, le confesó que “assí lo viera yo y le diera un abrazo y un veso”.

La cualidad que más zozobra causaba a las jóvenes era la metamorfosis del duende, ya que en ocasiones se les aparecía con forma de “culebrón, y que le decían que se apartase, que en aquella forma les daba miedo, y que se subía y bolvía a aparecérselas de fraile capuchino”. La Biblia retrata la serpiente como el mal, el ser que induce al pecado e incluso es capaz de acabar con la vida de los hombres, como en el Libro de los Números, “Dios envió contra el pueblo serpientes abrasadoras, por cuyas mordeduras murieron muchos”.

A diferencia de la aptitud anterior, que les daba miedo, las mujeres se maravillaban con su destreza con la aguja y el hilo. María Medel relató a la declarante que una de las mujeres que iba a visitar al duende era muy pobre, llevaba “un jubón muy roto” y Martinico se lo llevó y “le bajó muy bien compuesto, bien remen-dado, de modo que un sastre no lo podía haver echo mejor”.

Sin duda, este duendecillo gozaba de gran fama, pues unos años antes de la declaración estudiada, en 1736, se hallan los Papeles curiosos poéticos y políticos intitulados el Duende de Palacio, conservados en el Archivo Histórico de la Nobleza.  

Yo soy en la Corte
un critico Duende,
que todos me miran,
y nadie me entiende.
Quando meto ruido
en el Gavinete
espanto a Patiño,
y enfado à los Reyes:
como no reparan
aunque me ven siempre,
ni saben, quien soy,
ni saberlo pueden.
Yo se los secretos
de sus intereses,
y sé, que se engañan
recíprocamente.

La declaración de María Teresa Murillo finaliza con la sorpresa que le causó el reproche de María Medel, ya que en uno de sus cruces de palabras le dijo que “las cosas de la casa se las aría como la declarante deseara si ella quisiera, y que si ella quisiera ser rica, lo fuera sin tener necesidad de servir”. Estas palabras hirieron el orgullo de María Teresa, quien sin pensarlo le respondió que, si tan fácil le parecía volverse rica y dejar de servir, no sabía a qué estaba esperando. La acusada alegó que “tenía miedo á una cosa, que era la Inquisición, que no quería porque dirían las gentes qué muchacha es, y ba ya con la mitra por las calles”. Para terminar de ganarse la confianza del tribunal, añadió que María Medel “la dijo, entre claro y confuso, que era menester negar á Dios, y aun a su madre”.

En el plano morfosintáctico, destaca en este texto el uso del artículo determinado ante nombre propio, peculiaridad del habla popular, “y solo se acuerda del nombre de una de estas, que dijo se llamaba la Jenisa”. Respecto al uso de pronombres átonos, se observa un alto número de laísmos, “á que la declarante la dijo pues si sabes el modo, haces mal en servir”, así como varios casos de leísmo de objeto, “le dijeron á Martinico, mira esta pobre qué jubon tan roto, que él dijo se le diesen; y que haviéndose subido con él arriba, sin que ellas viesen lo que hizo, le bajó muy compuesto”. A nivel léxico, por ejemplo, se localiza la descripción de María Medel, que era “algo roma” y “carirredonda”. Según el DLE, roma se emplea para definir a aquellas personas que son ‘de nariz pequeña y poco puntiaguda’.  El discurso posee un grado de oralidad alto, puesto que la redacción de esta tipología documental (delaciones, declaraciones de testigos) suele ser fiel a la narración de quien declara. Por ello, se presencian correcciones mediante la fórmula digo, “no sabe la declarante si sirbiendo o desacomodada en casa de una hermana, digo en compañía de dicha su hermana”. Se advierten también expresiones coloquiales, como “hijo de mi corazón, assí le viera yo, y le daría un abrazo y un veso”.

María Agujetas Ortiz

Imagen: Duendecitos, Francisco de Goya y Lucientes (1797-1799) (Museo del Prado)

Cómo citar esta entrada:

María Agujetas Ortiz (2020), «Hechiceras dieciochescas (VI): María Teresa Murillo, María Medel y el Martinico», TextoR. Blog del Grupo de Investigación Textos para la Historia del Español (GITHE). Recuperado de: [link]



[1] Pedrosa, J. M.; Palacios, C. J.; y Rubio Marcos, E. (2001). Héroes, santos, moros y brujas. Leyendas épicas, históricas y mágicas de la tradición oral de Burgos). Burgos: Tentenublo, p. 295.

[2] López de los Mozos, J. R. «El duende martinico de Mondéjar y los duendes de Berninches (Guadalajara)» en Revista de Folklore, n. º 200.

Hechiceras dieciochescas (V): María de Lares

La creencia de que algunas personas pactaban con el demonio para provocar trastornos de salud y juicio en otras estaba muy arraigada en la sociedad del XVIII. No obstante, de forma paralela, el escepticismo comenzó a extenderse por Europa en la primera mitad del Siglo de las Luces, aunque tímidamente, pues demostrar que el diablo no intervenía en la vida del hombre era empresa peligrosa[1]. En el siglo XVIII, 55 de las 80 acusaciones por hechicería presentadas ante el Tribunal Inquisitorial de Toledo fueron contra mujeres[2]; esta nueva entrega de la serie Hechiceras dieciochescas rescata una de estas denuncias. María de Lares, natural de Siruela (Badajoz), fue inculpada en 1701. El proceso, del que hemos transcrito los folios 6v-8v, puede consultarse aquí en el Portal de Archivos Españoles, y se conserva en el Archivo Histórico Nacional, fondo Inquisición, 89, expediente 4.

La historia de la protagonista de hoy, al igual que la de Dominga Panera y Catalina Fullola, a las que ya dedicamos una entrada, se desarrolla en un entorno rural, donde la superstición y el miedo eran las ciencias que justificaban lo desconocido.

Catalina de Soto, vecina de Siruela, denunció a María de Lares por hechicera, alegando que “no lo ha hecho [denunciarla] por odio ni mala voluntad, sino por el serbicio de Dios nuestro señor”. La suerte de Catalina se vio truncada el día que María de Lares le acusó por el robo de un rosario y, aunque Catalina lo desmintió reiteradamente, María de Lares juró vengarse. Catalina, la declarante, que en ese momento estaba embarazada, sintió un intenso dolor en el vientre y, a los pocos minutos, vio cómo “echaba la criatura”. El recién nacido empezó a sangrar por los oídos, boca, nariz e incluso por “el estantino”. Tardaron poco en bautizarlo, pues las circunstancias en las que vino al mundo eran propias de un hechizo demoniaco. A pesar de los esfuerzos, el hijo de Catalina falleció esa misma noche. Desde aquel día, Catalina padeció las consecuencias de aquel juramento maldito; soportó dolores de vientre, cabeza y “celebro” durante, al menos, siete años. A eso se sumó el maltrato físico y psicológico al que su marido, Feliz Calderón, la sometió durante años.

Catalina estaba convencida de que esa concatenación de desgracias solo podían ser producto de “alguna cosa de hechicería”. Persuadió a su marido de que creyese que sentía aborrecimiento por ella a causa del hechizo. Este le sugirió ir a la villa colindante Sancti-Spíritus (Badajoz), pues era más que conocida la existencia allí de una mujer capaz de deshacer cualquier maleficio. Días antes de partir, Catalina visitó a María de Lares para contarle que acudiría a Sancti-Spíritus en busca de un remedio, y que si averiguaban el origen de los males, su marido “haría con ella algún arrojo”. La hechicera no tardó en reaccionar ante tales amenazas, así que fue a la casa de la declarante a deshacer el hechizo, pero condicionó la sanación al silencio de Catalina. Esta confiesa en su declaración que la paz volvió a su vida durante 36 días, hasta que le desveló a su vecina, María Serrana, que su mejoría era obra de María de Lares. Si se tiene en cuenta la falta de discreción de ciertas personas en entornos rurales, puede vaticinarse el desenlace. María de Lares se enteró de que Catalina había revelado el secreto que compartían y, con mucho enojo, volvió a condenarla; la declarante pasó el día “echando sangres y como loca”. Fue a ver a la hechicera para acabar con la tortura:

Respondió que no curava a quien luego lo decía, y esta que declara [Catalina] sacó un cuchillo y la amagó con él, diciéndola que temiera a Dios y que si no que la cruçaría la cara; y biendo esto, dice la dijo unas palabras que la declarante no oyó ni entendió, pero desde luego sintió mejoría. Pero aquella mesma noche la testigo amaneció llena de cardenales todo su cuerpo de pellizco.

La declarante no halló más remedio que el de contactar con la curandera de Sancti-Spíritus, Isabel, quien tiempo ha le previno de lo peligrosa que era aquella mujer. Según las afirmaciones de Catalina, Isabel había curado los hechizos quelles habían echado a Antonio García, el tabernero del pueblo, y a Juan Nieto Salaçar, labrador y hortelano, ya que, si no hubiese sido por ella, habrían muerto, como sucedió con Pedro Seco, vecino de la villa.

Otro caso que añade Catalina en su declaración es el de María Ramírez, que experimentó en su propia piel los males de María de Lares. Su recién nacida “perdió el paladear”, aunque comprobó que sí mamaba con otras mujeres. La explicación que da esta vecina es que, cierto día, María de Lares le llevó un niño para que le diese de mamar[3]; volvió en otro momento, pero María Ramírez estaba “ocupada en cosas de su casa”, así que le dijo que regresase más tarde. La negativa de la mujer enfureció a Lares y, a partir de entonces, “su niña no quiso tomar más su pecho y se fue secando”, hasta que un día la propia María de Lares dio solución al problema.

El último suceso del que Catalina da cuenta es el de Juan Seco. Se decía que la hechicera controlaba la voluntad de este, pues “el día que María de Lares quería que segase, segava, y el día que no, se está tendido debajo de un carrasco”. A veces, María iba a su casa y le decía a Lucía, hija de Juan Seco, que le diese la gabardina de su padre, susurraba unas palabras y al día siguiente este iba a segar.

Tradicionalmente, el ser humano ha sentido la necesidad de dar con el culpable de los males propios. Resulta más fácil explicar hechos como el aborto, el maltrato, la muerte e incluso problemas con la lactancia si se relacionan con hechizos que si se busca una respuesta en la propia naturaleza de estos.

El grado de oralidad en esta tipología documental es muy alto, puesto que se transcribía las declaraciones casi de manera literal. En el plano fonético, se encuentran casos de aféresis, es decir, de supresión de la vocal átona en posición inicial, como en enhoramala: “la aborrece y que se baya de su casa noramala, porque no la podía ver”. Destaca celebro en “achaques de la caveça y vientre y juntamente al çelebro”, por la neutralización de los fonemas líquidos [r] y [l], propia del habla popular. También se observa refuerzo articulatorio en próximo, “abril progsimo pasado”. Del nivel morfosintáctico se puede analizar, por ejemplo, “el día siguiente estubo esta declarante echando sangres”, donde el nombre de materia presenta su forma en plural con el antiguo valor intensivo, quizá para dramatizar los acontecimientos. El laísmo, sin duda alguna, es lo que más caracteriza al documento. Cabe la posibilidad de que sea un rasgo del escribano, que trabajaba para el Tribunal de Toledo, o de la propia declarante, vecina de Siruela, ya que ambos se circunscriben en zonas laístas: “y se fue diçiendo a esta que declara que ella lo beria, abriéndola mucho los ojos”. Por último, del nivel léxico puede resaltarse la construcción fija tuvo unas diferencias, “tubo unas diferençias sobre la pérdida de un rosario”, con valor de ‘discusión’ o ‘riña’. Hoy día se conserva la expresión con sentido figurado “cruçaría la cara”, que alude al giro de la cabeza cuando recibe un golpe.

María Agujetas Ortiz

Imagen: Demonio teriomórfico en Tríptico del Jardín de las delicias, de El Bosco. Museo del Prado

Cómo citar esta entrada:

Agujetas Ortiz, María (2020): “Hechiceras dieciochescas (IV): María de Lares”, TextoR. Blog del Grupo de Investigación Textos para la Historia del Español (GITHE). Recuperado de: [link].

 

[1] Caro Baroja, J. (1966). Las brujas y su mundo. Madrid: Alianza editorial, p. 302.

[2] Cuevas Torresano, M.ª Luz de las (1980). “Inquisición y hechicería. Los procesos inquisitoriales de hechicería en el Tribunal de Toledo durante toda la primera mitad del siglo xvii”, en Anales toledanos, n. º 13,  p. 54.

[3] Pretendía que hiciera de nodriza. Estas se encargaban de amamantar a los hijos de las madres (mujeres de clases más altas, por lo general) que no querían hacerlo por el desgaste que producía. Antes de Cristo, en Babilonia, Roma, Grecia, entre otros lugares, ya existía esta figura y su presencia era habitual en la sociedad hasta el Renacimiento, ya que la importación de enfermedades de otros continentes o la nueva concepción madre e hijo hicieron que progresivamente desapareciera. (Hernández Gamboa, E. (2009). “Genealogía histórica de la lactancia materna”, en Revenf, n. º 15, pp. 1-6).

Hechiceras dieciochescas (III): Dominga Panera

Si ya hemos hablado de dos mujeres acusadas de brujería en dos ciudades, Madrid (Andrea Crespo) y Palma de Mallorca (Isabel Sala), ahora nos acercamos a un perfil algo diferente, ya que la acusada de la que nos ocupamos provenía del entorno rural y su acusación se basaba en prácticas relacionadas con la curación, no las esotéricas de las anteriores. Dominga Panera fue denunciada al tribunal del Santo Oficio de Valladolid el año 1759 como “curandera supersticiosa”, aunque la alegación fiscal tiene fecha de 1761[1]. Era hilandera y natural de la localidad de Santibáñez de la Isla, provincia de León. Por entonces tenía 80 años, una edad muy avanzada para la época, más aún cuando, por lo que se puede deducir, se mantenía activa. Al parecer, no era la única longeva de la familia, pues seguía casada desde hacía “más de 60 años” con Tomé Santos, y ambos vivían en Ciruelo de la Vega. El matrimonio de ancianos debía vivir en la pobreza, ya que, a través de la declaración de un testigo, se puede saber que el marido acudió a pedir limosna a una casa particular. Aunque muchas mujeres acusadas de brujería escondían historias variopintas, entre ellas, la enfermedad mental, tampoco hay que olvidar que otras ofrecían sus supuestas capacidades sobrenaturales por un motivo muy sencillo: la subsistencia.

Como suele pasar en muchos casos de curaciones supersticiosas, Dominga era reclamada por numerosas personas para arreglar problemas de salud, en especial de los ojos. El primer declarante, Benito Miguélez, vecino de Veguellina de Fondo[2], acudió a casa de Dominga para curarse del “mal de ojos”. Aunque se podría suponer que era el maleficio llamado mal de ojo, lo cierto es que, tras un ritual en el que no faltaron ensalmos y señales de la cruz, el declarante pudo ver en unos granos de trigo “el humor que avían sacarlo de él” y que en ellos le quitarían lo que llaman “las nubes”. Así que para la curación hizo un ritual parecido a otros de hechicería, ya que empleó “doce o trece granos de trigo”, “una escudilla”, hizo señales de la cruz y pronunció unas palabras, de las que el declarante solo recordaba las siguientes:

“Si la nuve es negra, Dios la detenga / Si es blanca, Dios la deshaga, si es ruvia, Dios la consuma, señora Santa Lucía, señora Santa Ana”.

El término de nube resulta llamativo, y denomina, según Autoridades (1734) una afección oftalmológica: “Se llama asimismo aquella telilla blanca que suele formarse dentro del ojo, y le obscurece, impidiendo la vista”. En la edición actual del DLE esta acepción sigue presente con otras palabras: “Pequeña mancha blanquecina que se forma en la capa exterior de la córnea”. Por otro lado, el ensalmo llama a santa Lucía, patrona de los ciegos e intercesora de los problemas visuales. La alusión a santa Ana, por otro lado, sería motivada por la métrica.

Otro asunto al que se dedicaba la denunciada era la curación de “males de mujeres”, como se dice en el proceso. Un caso que cuenta uno de los testigos es el siguiente:

“estando la muger del declarante recién parida con los pechos llenos, y sin que su misma criatura los pudiese mamar, aunque si otras cualesquiera criaturas acudieron a los conjuros y los remedios de la cirujía, y aviéndose visto que ni aún los estraños la podían mamar, como llegase a dicha su casa pidiendo limosna el marido de la reo, y preguntasse qué mal avía, luego que se le dijo, expresó que acudiese a su muger, pues entendia de enfermedades”.

Una vez que la enferma acudió a la acusada, que hizo un ritual con “un palo de escoba, que dijo que era bueno para los aires”, ya que el origen era “aire atravesado”, y después el problema de la lactancia se acabó. En otra ocasión, solucionó un mal parecido con sahumerios, hecho con aceite, vino caliente y hierbas como el tomillo, de manera que colocó la escudilla humeante en el regazo de la mujer lactante “para que entrase en los pechos dicho humo”. De nuevo, en esta declaración se menciona que, para Dominga Panera, el mal provenía del aire. Además, la curandera hizo la señal de la cruz varias veces y recitó una oración, que el testigo reconstruye de esta forma: “diciendo: ‘que iban al monte olivar, a coger rosas y flores’ y acababa esta oración diciendo ‘Con la lanzada que dio Longinos a nuestro señor al pie de la cruz, amén Jesús’”.

El empleo que se hace del adjetivo atravesado para el aire, puede ser, quizá, una alusión a que está maldito, o atacado por el mal de ojo, ya que en Autoridades (1726) el verbo atravesar tiene esta acepción: “A veces se toma por hacer mal de ojo a alguno, y lo mismo aojarle”. La idea de hacer el sahumerio con las hierbas y el humo es, por tanto, una limpieza de un aire “contaminado” por una maldición.

Tanto hacer la señal de la cruz como sahumar eran acciones propias de las curanderas supersticiosas siglos atrás, como critica mucho antes, a principios del siglo XVII, el médico Juan Méndez Nieto[3]:

“y assy, con solamente sahumar y santiguar a los ojeados, que es el remedio de las viejas, se an contentado, siendo, como es, razón acudirles con remedios como a los envenenados, pues que la mala calidad de los vapores y exalaçiones que los hiere tiene la misma fuerça del mui fuerte y penetrante veneno”.

No sabemos qué ocurrió después con Dominga Panera. Su figura de curandera anciana era habitual en la España rural de la época, así que habría muchas como ella. Podemos imaginar que, quizá, el tribunal fuera más benevolente, debido a su avanzada edad. Sin embargo, solo son conjeturas. Su historia, eso sí, ha quedado escrita para siempre en los viejos y valiosos papeles del Archivo Histórico Nacional. 

Delfina Vázquez. 

Imagen: Francisco de Goya (1746-1828), dibujo de álbum privado «Brujas». Procedente de https://www.efe.com/efe/espana/cultura/londres-muestra-casi-completo-por-primera-vez-el-album-de-las-brujas-goya/10005-2546513

 

Cómo citar esta entrada:

Vázquez Balonga, Delfina (2020): “Hechiceras dieciochescas (III): Dominga Panera”, TextoR. Blog del Grupo de Investigación Textos para la Historia del Español (GITHE). Recuperado de: https://textorblog.wordpress.com/2020/04/18/hechiceras-dieciochescas-iii-dominga-panera/

 

Para saber más: 

[1] Archivo Histórico Nacional, fondo Consejo de Inquisición, signatura INQUISICIÓN, 3729, exp. 205. El facsímil muestra en la página final la fecha de 1762.

[2] Localidad de la provincia de León, perteneciente al municipio de San Cristóbal de la Polantera, en la comarca de Vega del Tuerto.

[3] Juan Méndez Nieto (1606-1611): Discursos medicinales. Universidad de Salamanca, 1989. Disponible en la base CORDE. https://www.rae.es/recursos/banco-de-datos/corde

Hechiceras dieciochescas (II): Isabel Sala

Isabel Sala, “la capitana borracha”, es una de las mujeres de más alto estatus social que hemos encontrado que fue acusada de “brujería” ante la Inquisición en el siglo XVIII. Hablamos de brujería en sentido amplio, porque la acusación no se hizo por brujería, sino por “sortilegios”.

En la Mallorca del siglo XVIII, esta mujer, viuda de un capitán, “don Jorge Berri”, y ella misma presentada con “doña”, dio que hablar a sus vecinas y vecinos y fue denunciada a la Inquisición por prácticas sospechosas. ¿Qué había hecho?

Varias cosas. Estas se leen en la alegación fiscal de su proceso de fe, un documento que resumía los principales detalles del proceso, documento que se puede leer completo al final de esta entrada. La alegación fiscal va presentando qué cargos o acusaciones contra Isabel Sala depusieron los diferentes testigos que, llamados por el tribunal o acudiendo espontáneamente, declararon ante los inquisidores.

Isabel Sala era natural de la ciudad de Palma y viuda de un capitán del regimiento de Brabante. Su nivel económico parece haber sido más o menos bueno: no trabajaba y tenía criadas a su servicio, pues percibía el sueldo “de viuda de capitán”. Su hijo, un cadete, vive en la península, y el escrito se preocupa, algo inhabitual en los procesos a personas de clase baja, de la “infamia” que sería para él que su madre fuera condenada por la inquisición.

Esta mujer de clase media o media-alta, “bastante dada al vino y aguardiente” (le dan el sobrenombre de “capitana borracha”), escandaliza “toda la vecindad” con sus costumbres: las diferentes testigos, vecinas y criadas de la acusada, declaran que no la han visto nunca ir a misa, que le molesta que acudan sus criadas y que llega a mudarse de casa para evitar la confesión anual obligatoria, incluso paga a una mujer para que encale su casa el día de la Candelaria, y cuando una vecina le comenta que es fiesta, dice, blasfemando, en catalán: “Yo emfot de las Festas”. Cuando sus rezos para recuperarse de un dolor de vientre no dan resultado, exclama: “¡Mala peste en mi vientre y en las almas del purgatorio!”.

Isabel Sala vive también, según varias testigos, “amancebada” (otra testigo habla de “íntima amistad”) “con un hombre conducido á Barcelona por vago en la ultima leva”, un hombre al parecer llamado “Francisco N.”

Todo esto es un marco para usos verdaderamente opuestos a la ortodoxia católica: las prácticas mágicas de Isabel Sala. Estas prácticas parecen haber consistido sobre todo en poseer una baraja “en que estaban pintados hombres y mujeres”, con la que es capaz de hacer distintas predicciones. Las testigos afirman que Isabel Sala habla con los hombres y mujeres representados en las cartas; manifiestan que las ha llamado para que vean “tener actos carnales hombres con mugeres”, para lo que “sobre una carta en que se hallaba pintada una muger [ponía] otra d ela figura de un hombre, y en medio mezclaba otra en que estaba la pintura de un dado”, y entonces anunciaba “que un hijo suio ausente en Barcelona tenía entonces trato ilícito con una muger”. No queda claro si la actividad de Isabel con las cartas adivina o si causa (según ella, claro está) este “trato ilícito”.

Sin que se explicite que recurre para ello a la baraja, Isabel Sala hace también predicciones a las testigos, que resultan ciertas: “hablando un día del correo, dixo no llegaría en la semana que estaba sino en la siguiente, y que traería un hombre muerto, y lloraría la declarante [es decir, la testigo que declara], lo que assí sucedió”. Cuando manda a una criada a algún recado “a su regreso la solía decir que sabía havía hablado con algún sujeto, expresándole por su nombre, y acertaba siempre”. Fascinada, una de sus oyentes comentaba: “Vm. es bruja, o tiene espíritu de profecía, o santa o gitana”, y “ella se reía”.

¿Por qué hacía esto Isabel Sala? Como no ofrecía servicios “mágicos” ni pedía ni recibía dinero por sus predicciones o adivinaciones, parece evidente que lo hacía para excitar la admiración hacia ella de las personas con las que trataba. Quizá era consciente del riesgo que corría, pero se jactaba en presencia de una de las testigos “que en caso de querer tomar algún juez providencia contra ella, lo sabría antes por sus cartas».

¿Cómo continúa el caso? La formulación de la acusación final se deja a los calificadores, que, tras observar un documento que recoge lo que Isabel Sala ha hecho y dicho, la acusan de la manera que sigue:

Formado extracto de los dichos y hechos referidos, y dados á calificar á 5. Calificadores, conformes los tienen por maleficios y sortilegios simples, divinatorios, amatorios, intentados, blasfemos, y escandalosos respectivamente y á esta reo por sortilega, embustera, inobediente á los preceptos ecclesiasticos y sospechosa de levi.

No sabemos, pues no está contenido en este documento, qué sucedió por fin en esta causa, si la reo fue condenada y a qué pena o no lo fue, pero ya la acusación, con los meses de cárcel que conllevaba, habrá supuesto un fuerte golpe para Isabel Sala. Su salud, su economía y su prestigio social habrán sufrido, incluso si no fue por fin condenada. Es una historia más de las muchas que encontramos en los documentos inquisitoriales, en que el control social y el aparato de la inquisición se dieron la mano para salvaguardar la ortodoxia no solo religiosa, sino también social, con consecuencias para personas que iban desde quienes hoy consideraríamos verdaderos delincuentes hasta otras, como Isabel Sala, raras, incapaces de acomodarse a las costumbres sociales, no pocas probablemente con problemas mentales.

Belén Almeida

Imagen: Goya, Vuelo de brujas.

 

Cómo citar esta entrada:

Almeida, Belén (2020): “Hechiceras dieciochescas (II): Isabel Sala”, TextoR. Blog del Grupo de Investigación Textos para la Historia del Español (GITHE). Recuperado de: https://textorblog.wordpress.com/2020/02/01/hechiceras-dieciochescas-ii-isabel-sala/.

 

Para saber más:

El documento se conserva en Archivo Histórico Nacional, Inquisición, 3725, exp. 95, alegación fiscal, y puede consultarse en el Portal de Archivos Españoles (PARES). El proceso se desarrolló en el tribunal inquisitorial de Mallorca en 1772.

Belén Almeida y Delfina Vázquez, «El vocabulario de las prácticas mágicas realizadas por mujeres en documentos inquisitoriales del siglo XVIII» (en prensa).

 

Transcripción del documento:

El Ynquisidor Fiscal interino de Mallorca contra d oña Ysabel Sala natural de la Ciudad de Palma viuda de don Jorge Berri Capitan del Regimiento de Bravante, por Sortilegios: Formalizada Sumaria; y calificados los dichos y hechos de esta reo de sortilegos y blasfemos que la constituien sospechosa de levi, viene votada á prision en carceles medias con embargo. Tuvo principio por declaracion espontanea que hizo ante el Padre Fray Guillermo Reynes Dominico Calificador y Comissionado del Tribunal á este efecto Angela Gomila, de edad de 17. años, hallandose presa en Carceles Reales en 22. de Diciembre de 1772. La que preguntada para que havia solicitado audiencia ante Ministros del Santo Oficio Dixo …. folio 4. Buelto

En 4. de Febrero de 774. se presentó voluntariamente en el Tribunal Ygnacia Espada de edad de 45 años vecina de dicha Ciudad ; y baxo juramento en forma declaro por descargo de su conciencia: que su vecina Ysabel Sala viuda del Capitan Berri, la parece es bastante dada al vino y aguardiente, y escandaliza con sus palabras toda la vecindad: Que en seis meses que havria vivia alli, no se le havia visto en la Yglesia de lo que ya estaba notada antes de mudarse, pues un vecino de donde antes vivia previno á otro de la Calle de la Merced donde se mudaba, que observassen á dicha Ysabel que nunca salia de casa ni aun los dias de fiesta: y la vispera de la Candelaria de dicho año dixo á la declarante la misma reo, que la comprase cal para blanquearle la casa; á que respondió la testigo que siendo dia de fiesta no queria trabajar; Y la dicha reo prorrumpió en estas palabras: Yo emfot de las Festas, que escandalizó á la declarante y mas quando vió que en el dia de la Purificacion estaba blanqueando dicha casa otra Muger que no conoció: lo qual observaron tambien Margarita Pelegrina, y Lorenzo Casteyó terciopelero; que no han sido examinados.

En 29. de Octubre de 1778 compareció voluntariamente en el Tribunal Cathalina Guasp natural y vecina de Palma de edad de 60. años; y baxo Juramento declaró que en descargo de su conciencia delataba á Ysabel Salas viuda de un capitan: Que durante el tiempo de tres meses que vivió con la que declara, observó esta, que dicha Ysabel vivia amancebada con un hombre conducido á Barcelona por vago en la ultima leva; y decia dicha Ysabel que sabia desde Palma, si el tenia trato con otras mugeres: Que no oia missa aun los dias de fiesta, ni la agradaba que la declarante cumpliesse con esta obligacion: Que tampoco rezaba el rosario, ni otra oracion; Y haviendo enfermado del vientre, prometió y mandó decir una Missa á las almas, del Purgatorio, y experimentando la continuaba el dolor, dixo: Mala peste en mi vientre, y en las Almas del Purgatorio; yá no quiero Santos, ni Almas. Que vive entregada al vino y aguard iente ; y la dicen vulgarmente la Capitana borracha; y ha dicho á la declarante que tenia un Demonio para cada dia de la semana: Y que hablando un dia del correo, dixo no llegaria en la semana que estaba sino en la siguiente y que traheria un hombre muerto, y lloraria la declarante; lo que assi sucedio haviendo llegado muerto Miguel Palou Marinero del mismo XavequeCorreo. Que la declarante oió á Barbara Corteia criada que ha sido de dicha reo, que esta tenia muy oculta una baraxa en que estaban pintados hombres y mujeres, y que hacia de ella tanta estimacion como si fuera una reliquia, y acostumbraba encerrarse en un Quarto para conversar con dichas figuras: Que no cumple con la comunion anual, mudando de casa y Parroquia quando la siguen los vicarios: y que haviendo dicho la declarante muchas veces á esta reo quando hablaba de cosas que havian de sobrevenir: Vm es bruja, ó tiene espiritu de profecia, o santa ó gitana, ella se reia respondiendo no era bruja. Examinada Barba Crispina por apodo Corteia vecina de Palma de edad de 20. años citada por la testigo anterior, á la tercera de oficio sobre si sabe ó ha oido decir que alguna persona tenga en su poder cartas ó barajas en que estén pintadas figuras de hombres y mugeres con quienes acostumbre conversar, y hacer varios usos de ellas, cerrandose en un Quarto para dicho fin; Dixo que hallandose sirviendo havria ocho años á una Capitana llamada Ysabel, la vió diferentes veces que se encerraba en un Quarto, donde barajaba unas cartas en que se hallaban pinturas de hombres y mugeres, sin que la declarante huviesse observado lo que executaba dentro porq procedia con tal reserva dicha reo, que no solo cerraba la puerta de el quarto sino tambien la del anterior; y despues de algun rato llamaba á la declarante y otra criada nombrada Angela N. y á otra llamada N. que actualmente frecuenta la casa de dicha reo; á las que decia que verian tener actos carnales hombres con mugeres, para lo que ponia 4 filas de cartas, y despues hablaba con voz baja, y sobre una carta en que se hallaba pintada una Muger, otra de la figura de un hombre, y en medio mezclaba otra en que estaba la pintura de un dado segun parecia á la declarante ; en cuias ocasiones decia dicha reo, que un hijo suio ausente en Barcelona tenia entonces trato ilicito con una Muger, y que otro hombre llamado Francisco N. que tenia intima amistad con la reo, y al presente se hallaba desterrado de la Ysla trataba con una Muger en la forma que ella representaba con las cartas sobredichas Que en casa de esta reo no entraba persona alguna y con todo quando embiaba á la declarante á algun recado, á su regreso la solia decir que sabia havia hablado con algun sugeto expresandole por su nombre, y acertaba siem pre; y la oió decir la declarante que mirando ella sus cartas sabia bien lo que otros hacian; y hace presente que havria tres semanas concurrió á su casa, y la dixo el reo que sabia havia hablado con un sugeto, y haviendola confesado, que era verdad, la previno que viviesse con cuidado, porque las mugeres, primero son putas, despues Alcahuetas, y al fin brujas, lo que aseguró avia sabido por sus cartas, y la declarante vió que aun las conservaba. En otra ocasion dixo dicha reo que antes de salir el correo de aquella isla, sabia que su arribo á ella havia de traher un Marinero muerto, y sucedió assi; cuia conversacion tuvo con la Maestra Avellá, que tambien la ha servido; y que fué de resultas de haver salido del quarto donde tenia las cartas ó baraja, y antes se havia encerrado: Que á mas de las tres personas que ha referido ignora la declarante que haya manifestado á otros dichas cartas, pues las reservaba mucho de la Maestra Avellá que pareció á la testigo muy buena muger; y dicha reo se ha jactado en presencia de la declarante que en el caso de querer tomar algun juez providencia contra ella, lo sabria antes por sus cartas, y no las encontraria: Que ha observado la testigo que en el tiempo que trata á dicha doña Ysabel bebia mucho vino y aguardiente: que no oia Missa los dias de fiesta, ni rezaba el rosario, ni cumplia con la Parroquia y se cerraba en casa quando veia al Vicario de ella; y respecto de las criadas, no queria fuessen á Missa, cuia obligacion cumplian secretam ente por que las regañaba quando sabia venian de la Yglesia Angela Gomila citada por la testigo anteced ente y primera delatora de esta causa, examinada ahora con motivo de la cita se refiere á la declaracion que hizo entonces, cuia substancia repite; y añade al pres ente que mientras servia á dicha doña Ysabel…. folio 15. B uelta (hasta el fin de la declar acion En 20. de Marzo de este año compareció voluntariam ente en el Tribunal Juan Perez natural de Gravalos en Castilla la vieja vecino de Palma de edad de 65. años; y preguntado para que pidió audiencia responde baxo juramento ….. fol io 17. [tachado: Assi mismo en 31. de Mayo ultimo se presentó pidiendo audiencia en el Tribunal Francisca Oliver vecina de dicha Ciud ad de edad de 33. años; y preguntada en forma para que pedia la aud iencia hace su declaracion contra una Muger, y sacado lo que hace á dicha d oña Ysabel Sala; dice que con motivo …. folio 19. Angela Montserrat citada por su Marido el testigo antecedente éxaminada baxo juramento a la 1ª de oficio responde que presume será llamada para declarar lo que supiere de d oña Ysabel Sala; de quien puede decir …. folio 22. Finalmente en 31. de Mayo ultimo se presentó en el Tribunal pidiendo audiencia Francisca Oliver vecina de dicha Ciudad de edad de 33. años; y preguntada para que pide la audiencia hace su declaracion contra otra Muger; y sacado lo que hace contra dicha doña Ysabel Sala, dice, que con motivo …… folio 19. El Tribunal pidió informes sobre la vida, conducta, y fama de esta reo al Vicario de la Parroquia de Santa Cruz de Palma en cuio distrito vivia; y respondió: Que haviendo reconocido los libros de dicha Parroquia por lo correspondiente diferentes años; y preguntado al Parroco de ella; no resulta noticia, ni conocimiento de dicha Muger, ni constaba huviesse vivido alg un t iem po en el territ orio de dicha parroquia. Formado extracto de los dichos y hechos referidos, y dados á calificar á 5. Calificadores, conformes los tienen por maleficios y sortilegios simples, divinatorios, amatorios, intentados, blasfemos, y escandalosos respectivam ente y á esta reo por sortilega, embustera, inobediente á los preceptos ecc lesiasticos y sospechosa de levi. Visto todo por el Tribun al en 28. de Julio ultimo dixo, que dicha reo sea presa en carceles medias con embargo de bienes; encargando á los Ministros que al tiempo de la prision reconozcan cuidadosamente la casa por si se encontrasse en ella alg una cosa que pueda ser conducente para maleficios ó sortilegios: Que se siga con ella su causa hasta difinitiva; Y que  antes de executarse se remitan al Consejo originales los autos, como lo hace; y hace presente el Tribunal en la Carta con que los remite: que esta reo percibe el sueldo de viuda de capitan, pero lo pasa miserablemente, y si se la lleva á las carceles es regular que no se la quiera dar mas dicho sueldo, quedando una infeliz para toda su vida; y que el Tribunal no sabe si vive ó no su hijo cadete, á quien tocaria mas la infamia.